Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (M.T.E. y S.S.)
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (M.E. y F. P.)
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas resuelven:
Articulo 1: Dispónese la prohibición para ocupar trabajadores en la actividad de comercio en general hasta las VEINTE (20) horas del día 27 de octubre de 2010, indicado para la realización del CENSO NACIONAL DE POBLACIÓN, HOGARES Y VIVIENDAS 2010.
Articulo 2: Recuérdase la prohibición contenida en el articulo 2 de la Ley Nº 24.254, hasta las VEINTE (20) horas del día indicado para la realización del Censo, respecto de la realización de funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos, los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías, y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada.
Articulo 3: Déjese constancia que la violación de lo dispuesto en la presente será considerada infracción grave y sancionada en los términos del artículo 3º inciso D, y concordantes del anexo II al Pacto Federal del Trabajo aprobado por la Ley Nº 25. 212.
25-10-2010